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Ley de Cookies – peculiaridades
Seguramente, el comerciante que tenga una tienda online, por fuerza, ha tenido que oír hablar de la ley de cookies y de la problemática que entraña su correcto tratamiento.
Si uno pone en un buscador: “ley de cookies”, encontrará miles de resultados, pero todos en la misma índole: Debates sobre cómo hacerlo. Ya que, a día de hoy, todavía mucha gente ni siquiera tiene claro qué debe hacer (y la ley ya lleva dos años en vigor).
¿Tu aún no te has enterado bien? No te preocupes, lo explicamos hace tiempo en esta blog. Como nosotros también teníamos dudas, acudimos a una asesoría legal para elaborar, conjuntamente, una solución definitiva y acorde a la ley, y elaboramos un módulo definitivo, que hace que una tienda online cumpla estrictamente con la legalidad.
Sin embargo, a pesar de existir esta solución y otras que hacían cumplir con la legalidad, la mayoría de comerciantes siguieron optando por “jugársela” y simplemente, dar una imagen de legalidad aparente con módulos de aviso que, si se emplean en sitios con cookies externas, lo más probable es que estés incumpliendo la ley. (Averígualo aquí)
Incumplimiento de la Ley de Cookies
“¿Y qué? Si más del 90% de la gente que tiene una tienda online la está incumpliendo”
Esa es la frase (la excusa) de moda en el tema de la ley de Cookies, pero la realidad es que, actualmente, ya existen casos reales de denuncias por infracciones a la ley de cookies.
Así, esta misma semana, hemos conocido los dos primeros casos oficiales de sanciones a empresas por incumplir la ley de Cookies. Dos empresas españolas han sido sancionadas por usar Google Analytics, Google Maps, Youtube, WordPress y Zopim, entre otros, instalando cookies de estos servicios sin cumplir la Ley de Cookies.
Sentencia por imcumplimiento de la Ley de Cookies
Según la sentencia, la información contenida en las páginas “no sólo no define qué son las cookies, sino que no detalla mínimamente el tipo de cookiesutilizadas ni identifica si son propias o de terceros, refiriéndose de forma vaga y genérica a algunas de las finalidades a las que responde su instalación”. Tampoco advierte sobre los mecanismos de desactivación de cookies ni sobre el modo de revocar el consentimiento. Además, teniendo en cuenta el diseño y mecánica de las páginas web analizadas se considera que la información anteriormente señalada se facilitaba de forma poco accesible y sin suficiente visibilidad para el usuario, ya que estaba distribuida en diferentes apartados de distintos documentos cuya denominación Condiciones de Uso,Política de Uso o Política de Privacidad no permitía su fácil localización”.
¿Quién no cumple la Ley de Cookies?
Si hemos dicho que la gran mayoría de las empresas no la cumplen, ¿Por qué ha pasado esto?
La mayoría de expertos coinciden en clasificarla como una medida ejemplar de la AEPD para que cunda el ejemplo. Lo curioso es que ha recaído sobre dos empresas pequeñas cuando la mayoría de compañías del Ibex 35 no cumple la Ley de Cookies.
Un análisis realizado por la consultora Conversia Consulting Group durante el pasado mes de diciembre, sobre las actuaciones en materia de cookies en las webs de las 15 principales empresas del Ibex 35 revela que, a día de hoy, la mayoría de ellas (un 73%), no cumple con los requerimientos básicos de la normativa española, arriesgándose, así, a ser multadas.
¿Por qué tienes que cumplir con La ley de Cookies?
Pues lo dicho, sino eres una empresa del Ibex 35 o similar, más te vale que te pongas cagando leches a solucionar el tema de las cookies en tu tienda online y te cubras las espaldas. ¿Cómo? Déjame que te presente a un amigo: Modulos Prestashop para la ley de Cookies.
Fuente: elconfidencial.com
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